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Preguntas frecuentes cobro de morosos e impagados

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  1. ¿Cómo detectar si un cliente puede llegar a ser moroso?.

    La señal que debe de ponernos alerta ante un potencial cliente moroso es la de la devolución de un cargo en cuenta, la devolución de cualquier efecto comercial o el retraso de más de un mes de un pago por transferencia bancaria.

    El moroso lo primero que hará será tratar de cortar todo tipo de comunicaciones con el acreedor con lo cual será bastante complicado que por sus medios logre contactar con esta empresa o persona.

    Desde el momento en que hay dificultades en el cobro y en la comunicación con un cliente, podemos estar casi seguros al 100% de que estamos ante un recién descubierto moroso de nuestra empresa.

  2. ¿Cómo adelantarse a un impago?

    Adelantarse a un impago puede ser más fácil de lo que parece. Teniendo una severa política de cobros y sabiendo tomar las medidas oportunas puede reducir hasta un 90% el riesgo de impagos en su empresa.

    El perfil del moroso siempre escoge como objetivo de impago a aquellas empresas pequeñas que no tienen una reglamentación estricta respecto a lo que al cobro de las facturas se refiere. El cobro de facturas, la gestión de pagos e impagos y el cobro de moroso en la pequeña empresa debe de pasar a formar parte del día a día del funcionamiento rutinario.

    Adelantarse a un posible problema de morosidad o impagos en la empresa viene de la mano de dedicar recursos específicos al buen funcionamiento en los órganos de administración y de cobro. Cuanto más orden y más diligente sean los procedimientos administrativos utilizados en una compañía, menores serán las posibilidades de que nos dejen facturas sin pagar.

  3. ¿Qué acciones ejercer para Cobrar a un moroso?

    Se pueden ejercer acciones de carácter interno y otras de carácter externo. Las acciones sujetas a un régimen interno, son aquellas en las que se destinan recursos estructurales y organizativos de la propia compañía mientras que las acciones externas son aquellas en las que se subcontratan servicios exteriores de recobro. Las grandes corporaciones suelen disponer de sus propios departamentos de gestión de cobro que gestionan a su vez los impagos de otras empresas de un posible grupo de empresas. Las pymes y autónomos, como norma general, son las víctimas de los atentados contra el debido pago de las saldos. La norma general que debe de seguir cualquier empresa, por pequeña o grande que sea es la de tener una política de cobro severa.

    Como acreedores debemos de dar una imagen seria e implacable con nuestros deudores. De este modo, siempre es aconsejable evitar la contratación de aquellas empresas que usan métodos carnavalescos y poco ortodoxos para cobrar sus impagos y sus morosos. Por otra parte, muchas veces tampoco se recomienda acudir a un despacho de abogados por los altos honorarios y costes que eso supone para reclamar cualquier cuantía. La solución ideal. La solución radica en las empresas de recobro de nueva generación especializadas que trabajan sobre dos pilares principales: Una gestión de cobro efectiva y una gestión judicial ante los juzgados de España.

    Gracias a este tipo de empresas de cobro de impagados y morosos, muchos acreedores ya han externalizado el recobro de impagados cediendo esta gestión a servicios especializados, que llegan a convertirse en el propio departamento de gestión de cobro de la empresa. Reducción de costes, ahorro de personal así como un elevado índice de éxito en la recuperación de deudas no cobradas, es el resultado de la implantación de servicios exteriores de recobro especializados en las empresas.

  4. El moroso no me atiende a las llamadas y rechaza mis cartas.

    No se preocupe, es lo que hace cualquier moroso. No tiene nada en particular si su deudor se comporta de este modo. Desde el momento en que el moroso ha dejado de pagar, tenga por seguro que le va a ser extremadamente difícil contactar con él. Si tras intentar contactar con él desde otras líneas telefónicas no le atiende o no desea efectuar el pago, lo ideal será ceder la gestión del cobro a una empresa especializada.

  5. ¿Cobrar morosos en concurso de acreedores?

    Cuando una empresa se declara voluntariamente en lo que se denomina, concurso de acreedores, el despacho de abogados contratado se encarga de comunicar a todos los acreedores de la empresa esta inscripción que suele tener un plazo medio de 3 a 6 meses. Una vez hecha la inscripción de acreedores, se procede a determinar los bienes y activos del deudor y cuáles son las deudas existentes con acreedores. Mas tarde se fija bien un convenio con las partes acreedoras retrasar los pagos y perdonar una parte de la deuda (quita y espera), o bien a la liquidación de la empresa a nivel de mobiliario, equipamientos, materiales, vehículos o cualquier otro bien subastable y ejecutable.

    Existe un orden de importancia y privilegios entre los acreedores. En primer lugar han de cubrirse las deudas con Hacienda, Seguiridad social y otros organismos públicos. Después pasan a tomar parte los salarios debidos de los trabajadores de la empresa. En las deudas hipotecarias el acreedor puede ejecutar las propiedades que se dieron en garantía y cobrase con cargo a las mismas. El resto de cuantías debidas a entidades privadas son de tipo ordinario y se procede a un reparto equitativo entre las sociedades acreedoras en proporción a la cantidad sobre la qu se tiene derecho y sobre el valor de los bienes a embargar en el concurso de acreedores.

    Iniciar un procedimiento judicial de reclamación de cuantía es del todo aconsejable aunque la empresa deudora pueda declararse en concurso puesto que en el caso del impago de la deuda tras el requerimiento judicial, el titulo ejecutivo brindado por el juez le otorgará la posibilidad de cursar una inscripción forzosa una vez se declare formalmente el concurso.

  6. ¿Cobro vía judicial o extrajudicial?

    Seguro que usted se pregunta cuál es la mejor forma de atacar sus impagos. Si por vía amistosa o haciendo uso de procedimientos judiciales. El uso de ambas acciones de un modo óptimo y secuencial siempre puede garantizar el éxito en el cobro más que si se usa tan sólo una de estas acciones. Si la única presión del deudor radica en que una figura carnavalesca le persiga, lo único éste que tiene que hacer, es dirigirse a la jefatura de policía masa cercana y denunciar un acoso, cosa que a usted le influirá negativamente. Por otra parte acudir a un despacho de abogados como primera medida, tampoco es aconsejable por los elevados gastos que esto puede suponer nada más que para empezar a trabajar con el bufete. La opción adecuada parece haber radicado en el uso de empresas de intermediación que se dedican a la gestión de impagos vías extrajudicial y judicial de un modo severo, diligente y efectivo.

  7. ¿Cobrar al moroso como imagen de marca?

    No dude ni por un momento que su imagen como compañía fuerte se verá reforzada, si usted toma las riendas en el cobro de sus deudas y persigue a sus deudores. Esta es su mejor propaganda para encontrar nuevos clientes con un bajo índice de riesgo de morosidad.

  8. ¿Plazos de cobro al moroso?

    Cuando un cliente ha pasado a ser un moroso de nuestra empresa, lo primero que debemos de hacer es olvidar conceptos tales como “como pago a 60 días”. Desde el momento en que empiezan a deberle, debe de hacer presión al deudor indicando que de no hacer el pago a la semana siguiente, usted se reservará el uso de las medidas legalmente oportunas orientadas al cobro de la deuda. Ofrezca también en medida de lo posible el pago de la deuda a plazos siempre dejando claro que tiene intención de demandar judicialmente.

  9. ¿Formas de pago a evitar ante una situación de impago?

    La única forma de pago que deberá de aceptar ante un cliente que le haya causado problemas de cobro con anterioridad es la del PAGO POR ADELANTADO, sin ningún tipo de excepciones. Los morosos tratarán siempre de ganarse la confianza de sus víctimas para cuando éstas menos se lo esperen dejarles una nueva deuda pendiente y cada vez de mayor importe.

  10. ¿Elegir a una empresa de cobro de morosos?

    La solución que mejor resultado parece estar dando se basa ens empresas de recobro de nueva generación especializadas que trabajan sobre dos pilares principales: Una gestión previa de cobro efectiva y una gestión judicial ante los juzgados de España. Gracias a este tipo de empresas de cobro de impagados y morosos, muchos acreedores ya han externalizado el recobro de impagados cediendo esta gestión a servicios especializados, que llegan a convertirse en el propio departamento de gestión de cobro de la empresa.

  11. ¿Contratar a un despacho de abogados para cobrar a mis morosos?

    Esta puede ser una buena o una mala opción. Esto depende de la cuantía que le deban y de la documentación a su favor con la que cuenta. Si su deuda no supera los 250.000€ y dispone de documentación acreditativa de la deuda tal como factura, albarán, contrato y demás, no precisa de un despacho de abogados, puede interponer el proceso monitorio a través de una empresa especializada en este procedimiento. Esto le supondrá un ahorro significativo en la gestión puesto que cualquier despacho de abogados le cobrará como norma general una cuantía inicial tan elevada que quizás supere al importe de la propia deuda en sí.

  12. ¿Recuperar el IVA las facturas impagadas por mis morosos?

    Los pasos a seguir para recuperar las cuotas de IVA que hemos repercutido en nuestras facturas emitidas y que tras dos años de infructuosos intentos no hemos conseguido cobrar, se realizan en distintos ámbitos o instancias; los hay internos (tienen lugar dentro de la propia estructura organizativa del sujeto pasivo, como es la emisión de la factura rectificativa), judiciales (reclamar la deuda ante el juez), y administrativos (comunicar la modificación a Hacienda).

    De este modo si usted reclama su impago por el proceso judicial monitorio que Cobratis pone a su disposición, podrá recuperar la cuota de IVA que como sujeto pasivo en su día repercutió e ingresó, y que nunca le reintegró el cliente moroso.

  13. ¿Tipos de morosos?

    Uno de los aspectos más complicados y que pocas veces se piensa seriamente es la necesidad de conocer a nuestros deudores. Los deudores no son todos iguales, presentan 4 tipos de diferentes características que vamos a ir viendo y de acuerdo a ellas podemos hacer una sintonía más fina de nuestro accionar de manera de mejorar los resultados de nuestra gestión de cobro.

    SAquellos que adeudan por primera vez. Son aquellos que pese a hacer frente al pago de sus deudas de un modo regular, se plantean de un modo deliberado el dejar una deuda pendiente de pago.

    Cíclicamente reincidentes: aquellos que pagan tres o cuatro meses, luego dejan de pagar dos o tres. A ellos tenemos que llamarlos, mandarles cartas etc. Pagan dos meses y de nuevo reinciden en el impago.

    Deudor crónico: es aquel que permanentemente debe. Paga, sigue pagando pero nunca se pone al día.

    Deudor por fuerza mayor. Cuestiones de fuerza mayor: por ejemplo, fallecimiento de los padres, embargo de bienes y demás.

  14. ¿Cobrar morosos como parte de la rutina de la empresa?

    El cobro de morosos y la gestión de impagos en la empresa ha pasado de ser una gestión puntual de un departamento de administración, a una labor diaria del personal administrativo. Esto se debe al notable incremento en los saldos no cobrados a favor de miles de empresas españolas que no han logrado hacer efectivo el cobro de sus facturas a fecha de vencimiento.

  15. ¿Riesgo comercial a clientes?

    Cada vez es más difícil, especialmente para las pymes, confiar a la hora de dar crédito a un cliente. Y la pegunta nos asalta cada vez que tenemos un nuevo cliente que nos pide que le vendamos a crédito. En demasiadas ocasiones, con los clientes que ya tenemos, también nos crean dudas.

    Las grandes empresas tienen sus propios departamentos de gestión de crédito y cobro a clientes. No es así, en el caso de la mayoría de pymes. Salvo que puedan permitirse contratar un costoso seguro para operaciones comerciales, con alguna de las pocas aseguradoras que ofrecen este servicio, en la mayoría de los casos, las pymes y profesionales conceden sus créditos con la esperanza de no errar en la confianza depositada en el deudor.

    Vender a crédito no es una cuestión de confianza, sino de asumir riesgos. Vaya por delante, que cualquier operación comercial, ya sea de mercancías o servicios, nunca estará exenta de riesgo. Sin embargo, esto no quiere decir que esos riesgos no se puedan evaluar para tomar una decisión acertada, o minimizar esos riesgos en último caso.

    Antes de conceder un crédito a un cliente, debemos analizar bien a este cliente. Es preferible esperar a realizar la venta 24 horas, que exponerse a no cobrar nunca. Para ello, debemos recabar información tanto de forma interna como externa, con la finalidad de prevenir la morosidad.

    Quien primero se debe implicar en la prevención de la morosidad son los propios comerciales o vendedores de la empresa. La impresión que reciban del potencial cliente, su antigüedad, y tener referencias de él, es fundamental, y forma parte de su trabajo como vendedores.

    Por muy buena imagen que nos pueda transmitir ese cliente, nunca debemos cometer el error de quedarnos en la apariencia. Un poco de investigación nos puede revelar que tenemos ante nosotros a un especialista en el llamado “timo del Nazareno”. Debemos ser muy cautos con las empresas recién constituidas. No es ningún secreto que en España, la mitad de las nuevas empresas desaparecen en los 4 primeros años de existencia. El riesgo asumido con una de estas empresas debe ser muy restringido, y si la empresa en cuestión tiene menos de 2 años, no se debe vender a crédito salvo que aporten garantías (aval, fianza, aval personal de los socios, aval bancario, hipoteca, etc.)

    La información jurídica de la empresa nos puede revelar información valiosa, que nos puede dar idea del grado de riesgo que estamos asumiendo al vender a crédito. No es la primera vez, que los accionistas de una empresa y/o el administrador de la empresa, son los hijos, la esposa, o un familiar, que son insolventes, y no aparece el empresario con quien estamos tratando. Datos como este, son indicadores de que en caso de impago, o cualquier otra controversia, tendremos problemas a buen seguro. Hoy día, la información es accesible de forma inmediata para cualquier persona. Una simple búsqueda en internet nos puede revelar información valiosa, que nos permita conocer más a quien nos está pidiendo crédito.

    La dimensión de la empresa, es otro dato que nos puede revelar si podemos confiar en que el crédito no resultará fallido. Por ejemplo, una empresa que solo mantiene en su balance el capital social por 3.000 €, sin otros bienes, ni inversiones, estaríamos asumiendo un riesgo bastante alto, si le concediéramos crédito por valor de 10.000 €. Además, una empresa sin bienes, es volátil y nos indica que sus accionistas y administradores no tienen la empresa para hacerla crecer y desarrollar el negocio. En caso de impago, no tendríamos a qué recurrir.

    La mayoría de programas informáticos de gestión permiten asignar límites de riesgo a cada cliente. Es importante que usemos esta función de manera que el riesgo que asumamos en cada momento no sobrepase nunca el límite concedido. Una práctica muy eficaz es la de pedir referencias a otros proveedores, que no sean nuestra competencia, sobre los hábitos de pago, su cumplimiento, la antigüedad de las relaciones comerciales, y otros datos importantes sobre el cliente a quien queremos vender.

    Comprar un informe de calificación de riesgo, comprobar su inclusión en los registros de morosos, y otras prácticas similares, pueden evitarnos muchos disgustos en el futuro. Tan solo nos costará unos pocos euros, que en ocasiones se ve como un gasto, y en realidad es una inversión, porque evitar perder ya es ganar. También hay empresas que venden informes comerciales. Es recomendable acceder a ellos, aunque pecan de no ser actuales. La información que contienen puede tener una antigüedad de varios meses, un año, o incluso más. Sin embargo, no debemos despreciarlos porque nos pueden facilitar información sobre la trayectoria de la empresa a lo largo del tiempo. Esta muy arraigado en nuestra cultura, el miedo a pedir a nuestro cliente la información directamente. Pedir las referencias de los proveedores más habituales con los que trabaja, e incluso un estado actualizado de las cuentas (balance, cuenta de resultados, impuestos, etc.) es fundamental, y no nos debe ocasionar ningún perjuicio el pedirlo abiertamente. De hecho, si realmente tiene intención de comprarnos y cumplir con el pago, no tiene ningún motivo para negarnos el acceso a esa información. Debemos asumir la idea de que, si nos solicitan vender a crédito, nos están pidiendo dinero. ¿O no cuestan dinero nuestras mercancías o servicios?. Y si nos piden dinero tendremos que actuar como un banco. Esta es la actitud correcta que debemos adoptar para conceder crédito a nuestros clientes, y así se lo transmito a mis clientes de consultoría para la prevención y cobro de impagados.

  16. ¿Registros de morosidad?

    Con la denominación registro de morosos nos referimos a aquellos ficheros o registros en los que se recogen datos sobre deudas vencidas y no pagadas. Son muchísimos los afectados. A ellos se les niega el derecho a obtener un crédito o realizar el viaje de sus sueños. Los registros de morosos se encargan de reunir información sobre las personas que han tenido o tienen alguna deuda pendiente. Las entidades financieras y algunas otras empresas utilizan esta información con la finalidad de protegerse contra clientes que no pagan.

  17. ¿Cómo buscar clientes no morosos?

    Aunque a día de hoy parezca imposible, existen clientes que al igual que usted, desean efectuar transacciones comerciales de un modo honesto y diligente. Identificar a este tipo de clientes puede ser una tarea bastante sencilla si se saben identificar señales tales como no plantear problemas con el pago por adelantado, que nos soliciten rappels por volumen de compra, que nos recomienden a otros potenciales clientes, que dispongan debida estructuración de su esqueleto administrativo, financiero y organizativo.

Términos relacionados con impagados y morosidad

  1. ASNEF

    Empresa privada basada en un listado de morosos donde aparecen las deudas, aceptadas o no, que tenemos con entidades financieras. Aparecen aquí las deudas con seguridad social, con hacienda y con diversos tipos de organismos de carácter público y privado.

  2. ADEUDO

    Cuantía que está pendiente de pago y que aun no ha sido considerada como saldada.

  3. ACREEDOR

    Persona (física o jurídica) legítimamente facultada para exigir el pago o cumplimiento de una obligación contraída por dos partes con anterioridad. Es decir, que a pesar de que una de las partes se quede sin medios para cumplir con su obligación, ésta persiste. Por ejemplo, en caso de la quiebra de una empresa sus acreedores mantienen la facultad de requerir el cumplimiento de dicha obligación.

  4. BASE IMPONIBLE

    Cuantía sobre la cual se calcula el importe de determinado impuesto a satisfacer por una persona física o jurídica. Para calcular la cuantía del impuesto, se multiplica la base imponible por un porcentaje determinado, llamado tipo de gravamen.

  5. CALIFICACIÓN DE CRÉDITO

    Es un número de tres dígitos que se basa en su historial de pago de cuentas y su perfil como deudor, además de información estadística acerca de otros deudores que los acreedores utilizan para determinar las probabilidades de determinados comportamientos crediticios, incluyendo si usted pagará a tiempo.

  6. CAMBIARIO

    El juicio cambiario constituye, junto con el proceso monitorio, uno de los dos procesos especiales ideados por el legislador procesal civil para lograr una más eficaz tutela jurisdiccional de los derechos de crédito, en este caso incorporados a alguno de los títulos regulados en la Ley Cambiaria y del Cheque.

  7. CONCURSO DE ACREEDORES

    Procedimiento legal que se origina cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia en la que no puede hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda. El concurso de acreedores abarca las situaciones de quiebra y las de suspensión de pagos.La regulación legal española de esta materia se encuentra en la Ley 22/2003 del 9 de julio, Concursal.

  8. CRÉDITO

    Viene del latín credititus' (sustantivación del verbo credere: creer), que significa "cosa confiada". Así "crédito" en su origen significa entre otras cosas, confiar o tener confianza. Se considerará crédito, el derecho que tiene una persona acreedora a recibir de otra deudora una cantidad en numerario entre otros; en general es el cambio de una riqueza presente por una futura, basado en la confianza y solvencia que se concede al deudor.

  9. CRISIS ECONÓMICA

    es la fase más depresiva de la evolución de un proceso económico recesivo. Por recesión se entiende el movimiento cíclico descendente (véase ciclo económico) de la economía, que comprende, por lo menos, dos trimestres de continua disminución del PNB real.

  10. CRISIS FINANCIERA

    Ces la crisis económica que tiene como principal factor la crisis del sistema financiero, es decir, no tanto la economía productiva de bienes tangibles (industria, agricultura), que puede verse afectada o ser la causa estructural, pero no es el centro u origen inmediato de la crisis; sino fundamentalmente el sistema bancario, el sistema monetario o ambos.

  11. DEUDA

    La obligación que alguien tiene de pagar, o reintegrar algo a otra persona algo.

  12. DEUDOR

    Se considera a una persona física o jurídica como deudor cuando, por medio de un contrato previamente establecido entre ambas partes (parte contratante y parte contratada), la parte contratada debe o no efectúa los pagos establecidos en el mismo a la parte contratante. Dada esta situación, en la que el deudor no efectúe los pagos a su acreedor, ésta podrá ejercer acciones legales contra el deudor para intentar recuperar la deuda correspondiente. Debemos hacer constar, aunque sea obvio que si no hay ningún documento que sea capaz de demostrar la citada deuda, legalmente la deuda no existirá y no se podrá efectuar ningún tipo de acción legal contra el moroso.

  13. ECONOMÍA

    es la ciencia social que estudia las relaciones sociales que tienen que ver con los procesos de producción, intercambio, distribución y consumo de bienes y servicios, entendidos estos como medios de satisfacción de necesidades humanas y resultado individual y colectivo de la sociedad. Otras doctrinas ayudan a avanzar en este estudio: la psicología y la filosofía intentan explicar cómo se determinan los objetivos, la historia registra el cambio de objetivos en el tiempo, la sociología interpreta el comportamiento humano en un contexto social y la ciencia política explica las relaciones de poder que intervienen en los procesos económicos.

  14. EFECTOS COMERCIALES

    En el ámbito de la economía financiera, descuento es una operación que se lleva a cabo en instituciones bancarias en las que éstas adquieren pagarés o letras de cambio de cuyo valor nominal se descuenta el equivalente a los intereses que generaría el papel entre su fecha de emisión y la fecha de vencimiento.

  15. FACTURAS

    Documento mercantil en el que se refleja toda la información de una operación de compraventa de servicios o mercancías. La información básica que ha de aparecer en una factura debe reflejar la entrega de un producto o la prestación de un servicio, junto a la fecha de devengo, además de indicar la cantidad a abonar como contraprestación del servicio o mercancía.

  16. FINANCIACIÓN

    es el acto de dotar de dinero y de crédito a una empresa, organización o individuo, es decir, conseguir recursos y medios de pago para destinarlos a la adquisición de bienes y servicios, necesarios para el desarrollo de las correspondientes funciones.

  17. GESTIÓN DE IMPAGADOS

    El conjunto de todas y cada una de las acciones orientadas al cobro de morosos y de las deudas pendientes por parte empresas que nos deben.

  18. IMPAGO

    Falta de pago de una deuda al término del plazo estipulado para satisfacerla.

  19. INFORME COMERCIAL

    Un informe donde se detallan datos de carácter económico y fiscal del balance de situación de una compañía. Estos informes sirven para la toma de decisiones ante el inicio de actividades comerciales con potenciales clientes morosos.

  20. INTERÉS DE DEMORA

    Supone el porcentaje adicional que se cobra sobre las cuotas impagadas de un préstamo y proporcionalmente a los días de retraso en el pago.

  21. PROCESO MONITORIO

    Es un tipo juicio para reclamaciones de cantidad que no exceda de 250.000 euros, sin necesidad de abogado ni procurador y siempre que se trate de una reclamación de deudas de dinero, que hayan vencido y que se acompañe de una documentación que lo acredite o demuestre.

  22. MOROSO

    es la persona física o jurídica que está legalmente reconocido como deudor , en el ámbito bancario español se suele aplicar a partir del tercer recibo impagado.

  23. PAGARÉ

    es un valor que contiene la promesa incondicional de una persona -denominada suscriptora-, de que pagará a una segunda persona -llamada beneficiaria o tenedora-, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré".

  24. PIB

    es el valor monetario total de la producción corriente de bienes y servicios de un país durante un período (normalmente es un trimestre o un año). El PIB es una magnitud de flujo, pues contabiliza sólo los bienes y servicios producidos durante la etapa de estudio. Además el PIB no contabiliza los bienes o servicios que son fruto del trabajo informal (trabajo doméstico, intercambios de servicios entre conocidos, etc.).

  25. PROCEDIMIENTOS DE COBRO

    Aquellas maneras de proceder en aras del cobro de morosos o de la recuperación de las deudas pendientes.

  26. PYME

    es una empresa con características distintivas, tienen dimensiones con ciertos límites ocupacionales y financieros prefijados por los Estados o Regiones. Son agentes con lógicas, culturas, intereses y espíritu emprendedor específico. Usualmente se ha visto también el término MIPyME (acrónimo de Micro, pequeña y mediana empresa), que es una expansión del término original en donde se incluye a la microempresa.

  27. RAI

    El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) es un fichero de incumplimiento de obligaciones dinerarias de titularidad privada cuya finalidad es contribuir al saneamiento del sistema financiero y mejora del tráfico mercantil, mediante la puesta a disposición de información relativa a incumplimientos de pago, a través de sistemas informáticos centralizados.

  28. RECLAMACIÓN JUDICIAL

    Aquellas acciones de carácter legal orientadas al cobro de morosos para la reclamación d cuantías.

  29. RECOBRO

    Cobrar cantidades sobres las que había previamente otros derechos de cobro por parte del acreedor.

  30. REGISTRO DE LA PROPIEDAD

    un registro público de carácter oficial en el que se inscriben para conocimiento general los derechos de propiedad sobre los bienes inmuebles, así como todos los demás derechos reales que recaigan sobre ellos.

  31. REGISTRO MERCANTIL

    es una institución administrativa que tiene por objeto la publicidad oficial de las situaciones jurídicas de los empresarios en él inscritos. La función primordial del registro mercantil es ser un instrumento de publicidad. Los empresarios tienen obligación de comunicar una serie de informaciones que se consideran esenciales de cara al tráfico jurídico, y el registro mercantil permite la publicidad de dicha información, para mayor seguridad jurídica y económica.

  32. SEGURO DE CRÉDITO

    es aquel contrato de seguro mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del seguro incumpla las obligaciones, legales o contractuales, que mantenga con éste. Según el artículo 68 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, "por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. Todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro".

  33. SOLVENCIA FINANCIERA

    capacidad financiera (capacidad de pago) de la empresa para cumplir sus obligaciones de vencimiento a corto plazo y los recursos con que cuenta para hacer frente a tales obligaciones, o sea una relación entre lo que una empresa tiene y lo que debe

  34. SUSPENSIÓN DE PAGOS

    situación concursal en la cual un comerciante o una sociedad mercantil se encuentra cuando no puede pagar la totalidad de las deudas que tiene con sus acreedores por falta de liquidez o dinero en efectivo. Es un procedimiento que tiene por objeto llegar a un acuerdo entre el deudor y los acreedores, bajo supervisión judicial, sobre el modo en que se pagará.

  35. TIPOS DE INTERÉS

    índice en porcentaje usado para medir la rentabilidad de los depósitos o de los préstamos o créditos normalmente en un plazo de un año.